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Documento probatorio, pistas de auditoria
y evidencias legales

Cada transacción en la que interviene Sign to Sign, dispone de un identificador unívoco. Este iD es incluido en el documento probatorio, en las pistas de auditoria y en las evidencias legales. Mediante este procedimiento todos los registros quedan íntimamente asociados.

Todo elemento probatorio que se desee utilizar en juicio, debe poder ser examinado y cotejado de contrario. Un documento probatorio, por sí solo no es válido como prueba, debe de ponerse a disposición de los peritos los ficheros digitales y documentación que detalle con toda rigurosidad de dónde y en qué estado se encontraban esas evidencias digitales.

Cada transacción en la que interviene Sign to Sign, dispone de un identificador unívoco. Este iD es incluido en el documento probatorio, en las pistas de auditoria y en las evidencias legales. Mediante este procedimiento todos los registros quedan íntimamente asociados.

Todo elemento probatorio que se desee utilizar en juicio, debe poder ser examinado y cotejado de contrario. Un documento probatorio, por sí solo no es válido como prueba, debe de ponerse a disposición de los peritos los ficheros digitales y documentación que detalle con toda rigurosidad de dónde y en qué estado se encontraban esas evidencias digitales.

Es fácil confundir el hecho de que que una evidencia digital pueda ser utilizada como elemento probatorio, con la eficacia jurídica que realmente pueda tener.



Para garantizar una alta eficacia jurídica debe de ponerse a disposición de los peritos los ficheros digitales y la documentación exhaustiva de dónde y en qué estado se encontraban esas evidencias digitales, garantizando su autenticidad e integridad. Es esencial tener en cuenta que, además de poder ser analizado por los peritos, la prueba tiene que ser comprensible para tu abogado y, en especial, para el Juez que es quién en última instancia decide. ANF AC elabora con ese objetivo un documento probatorio que agrupa todas las evidencias legales de forma clara y rigurosa.

ANF AC asume la responsabilidad de la cadena de custodia de las evidencias. Toda evidencia digital se encuentra respaldada por registros electrónicos capturados en el momento de realizarse la transacción, ha sido autenticada mediante firma/sello electrónico de larga vigencia.

Todos los procesos implantados en Sign to Sign están debidamente documentados y sustentados por Políticas de Seguridad y Certificación, así como por auditorias de conformidad.

ANF AC autentica mediante sello electrónico todo hecho jurídico que se ha producido, se garantiza integridad y origen del sistema informático que lo ha llevado a cabo. En caso contrario, la autoría y la integridad se podrían poner en cuestión desvirtuando así su eficacia probatoria.

Documento probatorio

El documento probatorio registra todos los hechos jurídicos que se han producido en la transacción electrónica (incluye todas las evidencias técnicas y actos jurídicos que se han producido).

El documento probatorio es autenticado por ANF AC con un sello electrónico de larga vigencia, y se emite un juicio de valor sobre el proceso realizado. ANF AC, en calidad de prestador cualificado de servicios de confianza, asume su responsabilidad sobre la certeza de la información incluida en el documento probatorio.

El documento probatorio está elaborado de forma plenamente comprensible para profesionales del Derecho.

Evidencias técnicas

El documento probatorio es autenticado por ANF AC con un sello electrónico de larga vigencia, y se emite un juicio de valor sobre el proceso realizado. ANF AC, en calidad de prestador cualificado de servicios de confianza, asume su responsabilidad sobre la certeza de la información incluida en el documento probatorio.

Actos jurídicos

Son acciones llevadas a cabo por voluntad humana con consecuencias jurídicas.

Las personas físicas firman o dan su consentimiento informado. ANF AC, según la modalidad de autenticación realizada por el interesado, puede llegar a firmar la transacción a fin de reforzar su eficacia jurídica.

Consúltanos cualquier duda que tengas al respecto.

Más Información

La Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, abrió nuevas posibilidades probatorias debido a la implantación de un sistema de números apertus de medios probatorios. Concretamente el artículo 299 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite utilizar como prueba en el proceso judicial casi cualquier medio o soporte creado o transmitido electrónicamente.

“2. […] se admitirán, conforme a lo dispuesto en esta Ley, los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase, relevantes para el proceso.

3. Cuando por cualquier otro medio no expresamente previsto en los apartados anteriores de este artículo pudiera obtenerse certeza sobre hechos relevantes, el tribunal, a instancia de parte, lo admitirá como prueba, adoptando las medidas que en cada caso resulten necesarias.”

Pero no debemos confundir el hecho de que pueda ser utilizado como prueba, a su real eficacia jurídica, son cuestiones completamente distintas.

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